Título TÍTULO III
Art. 30
En vigor desde 25 abr 1980
La tramitación de las solicitudes que se cursen pera introducir modificaciones técnicas en las estaciones de servicio se ajustará a las prescripciones contenidas en el presente Reglamento.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1980/04/10/(5)#art-30