Art. Quinto
En vigor desde 19 oct 1982
La Secretaría General tendrá a su cargo el estudio y propuesta de planes y proyectos de carácter general, el estudio e informe sobre cuestiones técnicas derivadas de la actuación del Servicio o relacionadas con su misión y sobre aquéllas en las que el Inspector general recabe su asesoramiento. Le corresponde, asimismo, la selección, formación y perfeccionamiento de funcionarios que, en todo caso, se realizará a través de la Escuela Oficial de Aduanas, y las publicaciones del Organismo, así como la planificación y desarrollo de las aplicaciones informáticas, los registros generales y archivo.
Estará regida por un Secretario general, quien como Segundo Jefe del Servicio de Vigilancia Aduanera resolverá, por delegación, los asuntos que el Inspector general le encomiende, sustituyéndole además en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
La Secretaría General se estructura en las tres Secciones siguientes:
– Estudios y Asuntos Generales con dos Negociados.
– Selección y Formación de Funcionarios, con dos Negociados.
– Informática, con tres Negociados.
Dependerá directamente del Secretario general el Negociado de Secretaría, Registro y Archivo.
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Proeli/es/o/1982/10/01/(1)#quinto