Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 42
En vigor desde 11 feb 2018
El régimen disciplinario establecido en estos Estatutos se entiende sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier otro orden en que hayan podido incurrir los operadores inscritos y los miembros de los órganos de gobierno del Consejo Regulador.
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Proeli/es/o/2018/01/25/apm111#art-42