Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 43

En vigor desde 6 dic 2001
El Ideario del centro, que deberá ser aceptado tanto por el personal docente como por los alumnos y las personas que legalmente los representen, perseguirá la consecución de una formación integral, fomentando los valores humanos, religiosos, patrióticos y cívicos y respetando las libertades individuales sin menoscabo de la debida disciplina escolar.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2001/11/20/241#art-43

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil