Capítulo CAPÍTULO III

Art. CAPÍTULO IV

En vigor desde 29 dic 1996
CAPITULO IV Resolución de conflictos Se añade por el art. único.8 de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29016 Esta modificación surtirá efectos el 1 de enero de 1997, según establece la disposición final única.

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eli/es/lo/1980/09/22/8#capitulo-iv

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