Capítulo CAPÍTULO III
Art. CAPÍTULO IV
24 / 39En vigor desde 29 dic 1996
CAPITULO IV
Resolución de conflictos
Se añade por el art. único.8 de la Ley Orgánica 3/1996, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29016 Esta modificación surtirá efectos el 1 de enero de 1997, según establece la disposición final única.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1980/09/22/8#capitulo-iv