Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 28 abr 1987
En el plazo de cuatro años, a partir el comienzo de las actividades académicas, el Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento el proyecto de Ley Foral del Consejo Social de la Universidad Publica de Navarra.
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eli/es-nc/lf/1987/04/21/8#disposicion-adicional-primera

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