Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Servicios económicos
Art. 210
En vigor desde 1 oct 1990
El acuerdo aprobatorio de la prestación de los servicios en régimen de monopolio llevará aneja la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados por el servicio.
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Proeli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-210