Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Servicios económicos

Art. 206

En vigor desde 1 oct 1990
Los servicios municipalizados se prestarán preferentemente a través de Sociedad mercantil, con participación exclusiva o parcial de la Entidad local en el capital social, o de Cooperativa.
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eli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-206

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