Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 17
En vigor desde 19 nov 2016
Durante el periodo de concesión las Administraciones Públicas de Navarra podrán realizar el control y seguimiento de la situación en que se encuentran las personas perceptoras de Renta Garantizada con el objeto de verificar que siguen reuniendo los requisitos de acceso a este derecho, así como proponer las medidas de acompañamiento social que estime oportunas.
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Proeli/es-nc/lf/2016/11/11/15#art-17