Título TÍTULO V
Art. 54
En vigor desde 1 jul 2019
En el caso de que, para cualquiera de las iniciativas ciudadanas reguladas en esta ley foral, el Reglamento u Ordenanza de participación de una entidad local estableciera un número de firmas menor, será de aplicación tal número menor.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2019/03/22/12#art-54