Título TÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 19 abr 2026
1. La Administración del Principado de Asturias realizará campañas de información, sensibilización y difusión de los recursos dirigidos a incrementar la corresponsabilidad en el medio rural y acabar con los estereotipos de género. Para ello, establecerá medidas y programas que propicien la asunción de tareas por los hombres en el trabajo doméstico y de cuidados. 2. Asimismo, desarrollará mecanismos, como líneas de ayudas o subvenciones, que fomenten la conciliación y la corresponsabilidad en el medio rural, permitiendo la inserción laboral, la formación continuada, el acceso por parte de las mujeres rurales al ocio y tiempo libre, la asistencia a reuniones, eventos o jornadas y la participación en los puestos de toma de decisiones. 3. La Administración del Principado de Asturias facilitará la conciliación de la vida familiar y laboral en el medio rural, dedicando recursos al aumento de cobertura de las necesidades de cuidados de niñas, niños, personas mayores y personas con diversidad funcional.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2026/03/18/1#art-9

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil