Título TÍTULO II

Art. 10

En vigor desde 19 abr 2026
Los órganos administrativos competentes en los ámbitos agrario, pesquero y en desarrollo rural deberán incorporar la perspectiva de género en la contratación pública, siempre respetando la normativa europea y la normativa básica en materia de contratación del sector público.
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eli/es-as/l/2026/03/18/1#art-10

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