Título TÍTULO V

Art. 78

En vigor desde 19 feb 2021
Las consejerías, organismos públicos y demás entidades titulares de la adscripción utilizarán y gestionarán los edificios administrativos con sujeción a las siguientes reglas: a) Seguridad y conservación. b) Uso racional y eficiente. c) Accesibilidad, habitabilidad y funcionalidad, sin perjuicio de las consideraciones de carácter cultural o medioambiental que puedan o deban tenerse en cuenta. d) Imagen institucional unificada e inspirada en los principios que rigen la organización y funcionamiento de la Administración Pública. e) Adecuación a las actuaciones de planificación, coordinación y control que se establecen en los artículos siguientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2020/11/06/9#art-78

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil