Art. 78
Título TÍTULO V

Art. 78

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En vigor desde 19 feb 2021
Las consejerías, organismos públicos y demás entidades titulares de la adscripción utilizarán y gestionarán los edificios administrativos con sujeción a las siguientes reglas: a) Seguridad y conservación. b) Uso racional y eficiente. c) Accesibilidad, habitabilidad y funcionalidad, sin perjuicio de las consideraciones de carácter cultural o medioambiental que puedan o deban tenerse en cuenta. d) Imagen institucional unificada e inspirada en los principios que rigen la organización y funcionamiento de la Administración Pública. e) Adecuación a las actuaciones de planificación, coordinación y control que se establecen en los artículos siguientes.
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eli/es-cm/l/2020/11/06/9#art-78