Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 12 ene 2019
En plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno de Cantabria elaborará y remitirá al Parlamento, un plan estratégico de accesibilidad universal e inclusión de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de las empresas y fundaciones públicas, organismos y entidades de toda clase de esta dependientes.
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Proeli/es-cb/l/2018/12/21/9#disposicion-adicional-sexta