Art. 5
En vigor desde 31 dic 2004
1. Es presidente o presidenta de la Agencia Catalana del Consumo el consejero o consejera del Departamento competente en materia de consumo.
2. Las funciones del presidente o presidenta son:
a) Ejercer la más alta representación y la máxima dirección de la Agencia.
b) Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Dirección.
c) Velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a la Agencia.
d) Informar al Gobierno y al Parlamento, cuando le sea requerido, de las actuaciones llevadas a cabo por la Agencia.
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Proeli/es-ct/l/2004/12/24/9#art-5