Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 31 dic 2004
1. Es presidente o presidenta de la Agencia Catalana del Consumo el consejero o consejera del Departamento competente en materia de consumo. 2. Las funciones del presidente o presidenta son: a) Ejercer la más alta representación y la máxima dirección de la Agencia. b) Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Dirección. c) Velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a la Agencia. d) Informar al Gobierno y al Parlamento, cuando le sea requerido, de las actuaciones llevadas a cabo por la Agencia.
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