Título TÍTULO II

Art. 20

En vigor desde 24 may 2013
Corresponde al Consejo Rector: a) La aprobación del plan anual de actividades. b) La aprobación de la Memoria anual. c) La aprobación de los anteproyectos de presupuesto. d) La aceptación de donaciones, legados y otras aportaciones realizadas por Instituciones o Entidades públicas o privadas. e) la aprobación de las normas de organización y funcionamiento del Instituto. f) la aprobación de gestión anual realizada por el/la director/a gerente. g) Nombrar un Consejo Asesor. Se añaden las letras e) a g) por la disposición final 3.3 de la Ley 1/2013, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2013-6047#dftercera . Téngase en cuenta que ya habían sido añadidas por el Decreto-ley 7/2012, de 19 de octubre. Se añaden las letras e) a g) por la disposición final 3.3 del Decreto-ley 7/2012, de 19 de octubre. Ref. DOCV-r-2012-90045 .

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Pro

eli/es-vc/l/1986/12/30/9#art-20

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