Capítulo CAPÍTULO SEGUNDO
Art. 6
En vigor desde 8 ago 2023
1. Para el cumplimiento de los fines de la presente ley, los planes municipales que establecen la ordenación urbanística, que en el futuro aprueben los ayuntamientos del País Vasco, deberán contemplar, en función de la disponibilidad de suelo existente, reservas para equipamientos colectivos privados de carácter religioso, de acuerdo con las necesidades que hayan sido detectadas en cada municipio.
2. En el cumplimento de esta obligación, los ayuntamientos no podrán actuar con criterios que puedan producir una discriminación directa o indirecta, o una restricción arbitraria, en el ejercicio del derecho fundamental de libertad religiosa y de culto, en especial a la hora de decidir o asignar reservas para equipamientos colectivos privados de carácter religioso, de acuerdo con las necesidades que hayan sido detectadas en cada municipio.
3. Los ayuntamientos ejercerán sus facultades urbanísticas para determinar reservas para equipamientos colectivos privados de carácter religioso de acuerdo con las necesidades que hayan sido detectadas en cada municipio, salvaguardando el interés general de la comunidad y promoviendo la convivencia y la cohesión social, a través de decisiones y medidas respetuosas con el ejercicio de la libertad religiosa y de culto de las diferentes comunidades religiosas, y con la dignidad y los derechos de todas las personas.
4. En los procesos de planeamiento urbanístico municipal, las iglesias, las confesiones y las comunidades religiosas que tengan acreditada su personalidad jurídica participarán en el procedimiento de determinación y asignación de los espacios reservados a lugares de culto y equipamientos religiosos, en los supuestos y en los términos establecidos en la legislación urbanística.
5. En el procedimiento de determinación y asignación del suelo destinado a usos religiosos se aplicará la legislación urbanística autonómica vigente, así como la normativa foral respectiva y las disposiciones reglamentarias y ordenanzas municipales que las desarrollen.
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Proeli/es-pv/l/2023/06/29/8#art-6