Título TÍTULO III

Art. 28

En vigor desde 26 jun 2020
1. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos pondrán en marcha, a través de la Escuela de Administración Regional, cursos, jornadas y seminarios para formar a sus cargos públicos y al personal a su servicio en técnicas y gestión de procedimientos de participación, dando a conocer las obligaciones de los poderes públicos respecto a la participación ciudadana y proporcionando cualificación en los instrumentos y procedimientos de participación regulados en esta ley. 2. La Escuela de Administración Regional podrá incluir como destinatarios de sus programas formativos a cargos públicos o personal al servicio de las administraciones locales de Castilla-La Mancha, utilizando las correspondientes fórmulas de colaboración.
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eli/es-cm/l/2019/12/13/8#art-28

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