Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 102
En vigor desde 16 abr 2015
De conformidad con los criterios establecidos en los artículos anteriores, la sanción de multa podrá imponerse en los grados mínimo, medio y máximo:
a) Para las infracciones leves: entre 100 euros y 250 euros en su grado mínimo; de 251 euros a 500 euros en su grado medio y de 501 a 1000 euros en su grado máximo.
b) Para las infracciones graves: de 1001 a 2000 euros en su grado mínimo; de 2001 a 5000 euros en su grado medio; de 5001 a 10.000 euros en su grado máximo.
c) Para las infracciones muy graves: de 10.001 a 15.000 euros en su grado mínimo; de 15.001 a 20.000 de euros en su grado medio; de 20.001 a 50.000 euros en su grado máximo.
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Proeli/es-mc/l/2015/03/24/8#art-102