Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 2.ª Municipios en régimen de concejo abierto
Art. 41
En vigor desde 1 ene 2012
Los municipios que funcionan en régimen de concejo abierto serán los establecidos por la normativa estatal básica en materia de régimen local.
Se modifica por el de la Ley 9/2011, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1253 .
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2010/06/23/8#art-41