Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 41

Derogado
En vigor desde 1 ene 1996
En los casos de actividades temporales, el plazo máximo para resolver sobre las solicitudes de licencia municipal de instalación será de quince días, a contar desde la presentación del expediente completo en el registro municipal. La falta de resolución expresa tendrá efectos estimatorios y será de aplicación lo que disponen los artículos 43 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, respecto de los actos presuntos, con independencia de la responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de la Administración municipal.
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eli/es-ib/l/1995/03/30/8#art-41

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