Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 25
En vigor desde 1 ene 1996
Se autoriza al Consejo de la Generalidad Valenciana para regular y fijar los importes correspondientes a los precios públicos por la prestación del servicio de enseñanza en las universidades públicas dependientes de la Generalidad Valenciana, dentro de los límites que establezca el Consejo de Universidades.
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Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1995/12/29/8#art-25