Título TÍTULO III

Art. 18

En vigor desde 19 nov 1993
El Consejo Consultivo elevará una memoria anual al Consejo de Gobierno, en la que expondrá la actividad del mismo en el período anterior, así como las sugerencias que estime oportuno para la mejora de la actuación administrativa.
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eli/es-an/l/1993/10/19/8#art-18

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