Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 8 ago 2018
Se autoriza el Consejo de Gobierno de las Illes Balears para dictar todas las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para el desarrollo y la aplicación de esta ley.
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eli/es-ib/l/2018/07/31/7#disposicion-final-primera

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