Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 39
En vigor desde 8 ago 2018
La consejería competente en materia de educación tiene que incorporar objetivos y contenidos relacionados con la seguridad y la salud en el trabajo en los programas educativos que integren la oferta docente de los centros de titularidad de la comunidad autónoma o autorizados por esta, para la educación de personas adultas. Especialmente, hay que velar por la incorporación específica de los aspectos preventivos en los programas educativos dirigidos a facilitar el acceso al mundo laboral de las personas adultas.
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Proeli/es-ib/l/2018/07/31/7#art-39