Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 81

En vigor desde 1 ene 2013
Se habilita al Gobierno de La Rioja para regular reglamentariamente el Registro de Industrias Agroalimentarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja, estableciendo un sistema de inscripción basado en una comunicación previa, así como las causas que determinen la suspensión temporal o definitiva de las inscripciones en el citado registro.
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eli/es-ri/l/2012/12/21/7#art-81

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