Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 19

En vigor desde 7 abr 2011
Los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las administraciones públicas se organizarán atendiendo a criterios de horizontalidad de funciones y de distribución territorial.
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eli/es-vc/l/2011/04/01/7#art-19

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