Título TITULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 129

En vigor desde 1 mar 2012
1. Todos los alumnos y alumnas tienen el derecho a acceder, en condiciones de igualdad, y de acuerdo con su situación socioeconómica, al sistema público de becas y ayudas. En la enseñanza postobligatoria las becas y ayudas al estudio tendrán en cuenta además el resultado académico de su esfuerzo. 2. El Gobierno de Castilla-La Mancha arbitrará, en coordinación con la Administración Estatal, un sistema de becas y ayudas para facilitar a las familias la continuidad en la escolarización, y para el acceso y la permanencia en las enseñanzas de bachillerato y ciclos formativos de formación profesional. Se modifca por el .2 de la Ley autonómica 1/2012, de 21 de febrero. Ref. BOE-A-2012-10756 .

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eli/es-cm/l/2010/07/20/7#art-129

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