Capítulo CAPÍTULO III

Art. 13

En vigor desde 19 jun 2015
La Agencia Tributaria de Cataluña debe someter a la aprobación del Gobierno, previo informe no vinculante del departamento competente en materia de función pública, la oferta pública de empleo en relación con los puestos de trabajo reservados a funcionarios de los cuerpos tributarios que tiene adscritos. Se modifica por el de la Ley 9/2015, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2015-7397 .

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eli/es-ct/l/2007/07/17/7#art-13

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