Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 60
En vigor desde 19 jul 2007
El procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora prevista en esta ley se establecerá reglamentariamente dentro de los principios contenidos en la normativa sobre procedimiento administrativo común.
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Proeli/es-cn/l/2007/04/13/7#art-60