Título TÍTULO VIII
Art. BASE TRIGESIMOSÉPTIMA
En vigor desde 3 may 1989
BASE TRIGESIMOSÉPTIMA
Recurso de revisión
Contra las sentencias firmes dictadas por los órganos del orden jurisdiccional social procederá el recurso de revisión. Se interpondrá ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y su tramitación tenderá a uniformarse con la que rige la revisión en el orden jurisdiccional civil.
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Proeli/es/l/1989/04/12/7#base-trigesimoseptima