Título TÍTULO X

Art. BASE CUADRAGESIMOPRIMERA

En vigor desde 3 may 1989
BASE CUADRAGESIMOPRIMERA Medidas transitorias Se establecerán reglas de aplicación temporal del nuevo procedimiento laboral, teniendo en cuenta, señaladamente, la constitución y asunción de competencias de los órganos jurisdiccionales del orden social establecidos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y, además, los siguientes criterios: a) Los procesos que se inicien a partir de la entrada en vigor del texto articulado se regirán por sus normas, b) Los procesos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del texto articulado se regirán en la instancia en que se encontraren por las normas vigentes en el momento de su iniciación. Los recursos contra las resoluciones de instancia se regirán por las nuevas normas.
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eli/es/l/1989/04/12/7#base-cuadragesimoprimera

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