Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Limitaciones a la publicidad, promoción y patrocinio de bebidas alcohólicas

Art. 24

En vigor desde 7 mar 2026
Queda prohibida la exhibición de cualquier imagen con distintivos de bebidas alcohólicas, incluida la cartelería de promoción y publicidad en las actividades musicales, deportivas, educativas y recreativas, así como en los espectáculos públicos o cualquier otro tipo de evento dirigido a personas menores de edad.
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eli/es-ga/l/2025/12/23/6#art-24

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