Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Definición y funciones
Art. 29
En vigor desde 1 jun 2019
Corresponde al Consejo de la Juventud del Principado de Asturias el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Promover e impulsar estudios científicos relacionados con la problemática e intereses juveniles, así como emitir informes solicitados o que acuerde formular por su propia iniciativa.
b) Actuar, en coordinación con la Comunidad Autónoma, respecto de la actividad juvenil en general, mediante el desarrollo de programas específicos de promoción, tales como talleres, jornadas, desarrollo de materiales de carácter didáctico y divulgativo o de gestión de centros de recursos.
c) Participar en los comités, consejos asesores y organismos que la Administración del Principado de Asturias establezca para el estudio de la problemática juvenil.
d) Servir de interlocutor entre la Administración del Principado de Asturias y la juventud en general, así como con el tejido asociativo juvenil de Asturias, las plataformas, grupos y colectivos de la juventud o cualquiera otra agrupación sin personalidad jurídica.
e) Fomentar la promoción del asociacionismo juvenil y, en particular, la comunicación, relación e intercambio entre las organizaciones juveniles y los distintos entes territoriales y locales y, de modo especial, las relaciones con las entidades que tengan como fin la representación y la participación de la juventud, tanto en el ámbito autonómico como estatal y europeo.
f) Favorecer la creación de Consejos Locales de la Juventud y prestar el apoyo técnico y asesoramiento que le fuese requerido, sin perjuicio de las competencias de las Administraciones autonómica y local.
g) Representar a sus miembros en los organismos y actividades estatales para la juventud, de carácter gubernamental, así como en intercambios, programas y actividades internacionales del mismo carácter.
h) Proponer a los poderes públicos la adopción de medidas relacionadas con el fin que le es propio.
i) Participar en el Consejo de la Juventud de España y trasladar la realidad de las problemáticas e intereses de la juventud del principado de Asturias.
j) Participar y actuar en defensa de los intereses que beneficien a la juventud del Principado de Asturias.
k) Promover y fomentar la igualdad real, tratando de alcanzar una verdadera equidad entre todas las personas.
l) Aquellas otras que le puedan ser encomendadas o delegadas por los distintos departamentos de la Administración del Principado de Asturias, en materias que afecten a la juventud.
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Proeli/es-as/l/2019/03/29/6#art-29