Título TÍTULO II

Art. 22

En vigor desde 1 jun 2019
La Administración del Principado de Asturias prestará la formación adecuada a la juventud a través de campañas informativas y programas formativos específicos, impartidos por personal cualificado, con el objeto de hacerles conocedores de sus derechos y obligaciones como consumidores y usuarios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2019/03/29/6#art-22

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil