Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª Tasa sobre la venta de bienes
Art. 33
En vigor desde 12 dic 2003
1. Constituye el hecho imponible de la tasa sobre la venta de bienes la entrega por parte de los sujetos relacionados en el artículo 3 de la presente ley de los bienes solicitados.
2. En caso de que el suministro del bien consista en entregas parciales, el hecho imponible se entenderá realizado en cada una de ellas.
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Proeli/es-ga/l/2003/12/09/6#art-33