Capítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 14 oct 2025
El proceso de reconstrucción de una zona afectada por una erupción volcánica, y de la isla en la que se haya producido, deberá estar basado en los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU, especialmente los referidos a la garantía de vivienda, educación, salud e igualdad de las personas, buscando la recuperación no solo de las viviendas y edificaciones afectadas por la erupción, sino de las comunidades afectadas, buscando generar espacios de convivencia y bienestar colectivo.
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eli/es-cn/l/2025/09/30/5#art-4

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