Capítulo CAPÍTULO III
Art. 20
En vigor desde 14 oct 2025
En el contexto de una emergencia vulcanológica, las Administraciones públicas canarias, en el marco de sus respectivas competencias, adoptarán medidas de protección y recuperación del patrimonio cultural de Canarias, que incluirán la identificación, documentación y salvaguarda de los bienes culturales afectados. Estas actuaciones prestarán especial atención al patrimonio cultural inmaterial y, en particular, a los saberes tradicionales, las prácticas sociales, las expresiones simbólicas y los vínculos culturales que las comunidades mantienen con su entorno.
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Proeli/es-cn/l/2025/09/30/5#art-20