Título TÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 26 jun 2019
En materia de procedimiento administrativo, en lo no previsto en la presente ley, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es-ex/l/2019/02/20/5#disposicion-final-primera