Título TÍTULO II
Art. Disposición final primera
39 / 41En vigor desde 26 jun 2019
En materia de procedimiento administrativo, en lo no previsto en la presente ley, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es-ex/l/2019/02/20/5#disposicion-final-primera