Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Infracciones y sanciones
Art. 126
En vigor desde 22 feb 2018
1. Constituyen infracciones disciplinarias en materia deportiva las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas como tales por la presente ley.
2. Las infracciones disciplinarias en materia de deporte se clasifican en muy graves, graves y leves.
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Proeli/es-an/l/2016/07/19/5#art-126