Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
En vigor desde 14 may 2016
A efectos de esta ley, se entiende que son personas destinatarias:
a) Como titular, la persona que solicita y percibe la prestación.
b) Como beneficiarias, el resto de personas que forman parte del núcleo familiar de la persona titular.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2016/04/13/5#art-3