Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 67
En vigor desde 28 abr 2015
La Consejería competente en materia de deportes, en colaboración con las universidades con implantación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, impulsará la investigación, el desarrollo y la innovación en materia de actividad física y deporte teniendo como objetivos la mejora en el rendimiento de los deportistas, la promoción de hábitos saludables entre la población y el impacto de la actividad física y el deporte en la economía y la sociedad de la región.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2015/03/26/5#art-67