Capítulo CAPÍTULO II

Art. 10

En vigor desde 23 jun 2006
La organización y funcionamiento de las Cámaras de la Propiedad Urbana se ajustará a lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y a lo dispuesto en la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2006/06/16/5#art-10

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil