Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 23 jun 2006
La organización y funcionamiento de las Cámaras de la Propiedad Urbana se ajustará a lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y a lo dispuesto en la presente Ley.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2006/06/16/5#art-10