Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
En vigor desde 23 jun 2006
1. El Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León como federación de Cámaras de la Propiedad Urbana actuará, como órgano de coordinación y representación de las mismas, con personalidad jurídica propia.
2. La organización y funcionamiento del Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana se ajustará a lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, y a lo dispuesto en la presente Ley.
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Proeli/es-cl/l/2006/06/16/5#art-12