Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección primera. Accesión›§ Subsección segunda. Accesión inmobiliaria
Art. 542
-4
En vigor desde 1 jul 2006
Se presume que las plantaciones, cultivos y edificaciones hechos sobre una finca han sido hechos por los propietarios a su cargo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2006/05/10/5#art-542-3