Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª De la financiación de la Universidad de Zaragoza
Art. 56
En vigor desde 25 jun 2005
1. Formarán parte de la financiación de la Universidad de Zaragoza partidas para la mejora e intensificación de la relación entre la Universidad y la sociedad.
2. En todo caso se incluirán dentro de ellas las cantidades necesarias para el funcionamiento del Consejo Social y de las actividades formativas extraordinarias.
3. Mediante contratos-programa podrán acordarse políticas adicionales que se incluirán en este tipo de financiación.
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Proeli/es-ar/l/2005/06/14/5#art-56